Anar al contingut de la pàgina
Arxiu de notes de premsa
| 5 min lectura

Así es el voto por correo en las elecciones a la Asamblea de Madrid por el COVID-19

• Hasta el 24 de abril todavía se puede solicitar el voto por correo de manera telématica desde la web www.correos.es o presencialmente en cualquier oficina de Correos • La formalización del voto se podrá hacer directamente en el momento de la entrega de la documentación o posteriormente en cualquier oficina de Correos hasta el día 30 de abril • Correos ha ido aplicando protocolos de seguridad para garantizar la salud de los empleados y clientes de la compañía en el proceso electoral y en el conjunto de su actividad

El próximo 4 de mayo tendrán lugar las elecciones autonómicas a la Asamblea de Madrid. Y la excepcional situación sanitaria generada por la pandemia del COVID-19 ha provocado una serie de adaptaciones en la actividad de Correos relativa a los trabajos que legalmente tiene enconmedados respecto a los procesos electorales.

Solicitud de voto por correo: vía telemática o en oficinas

Los electores que decidan votar por correo en las elecciones madrileñas pueden solicitar hasta el día 24 de abril (inclusive) el Certificado de su inscripción en el Censo Electoral. La obtención de este certificado es requisito imprescindible para poder emitir el voto por correspondencia y puede solicitarse por vía telemática a través de la web www.correos.es o en cualquier oficina de Correos de España, en su horario habitual.

Solicitud de voto por correo telemática

Los electores pueden solicitar su voto a través de la web de Correos (www.correos.es), sin tener que acudir en persona a una oficina postal. En este modelo de solicitud, que evita desplazamientos y  minimiza el contacto social, los interesados deben acreditar su personalidad mediante firma electrónica, aceptándose como sistemas de identificación válidos los certificados de persona física reconocidos por el Ministerio de Industria y el DNI electrónico (DNI-e).

Solicitud de voto en oficinas

La solicitud de voto por correo puede realizarse en todas las oficinas de Correos de España.

Esta petición debe ser realizada personalmente por cada elector, salvo en caso de enfermedad o discapacidad –acreditada mediante certificación médica oficial- que le impida la formulación personal de dicha petición. En este caso puede ser presentada en nombre del elector por otra persona autorizada notarialmente o consularmente.

En el momento de formular la solicitud, los interesados deben acreditar su personalidad presentando ante el empleado de la oficina postal el DNI, Pasaporte o carnet de conducir originales.

Entrega de la documentación electoral

La fase de la entrega de la documentación electoral al solicitante por parte del cartero o cartera se adapta a la nueva coyuntura. El protocolo de seguridad puesto en marcha por Correos desde el inicio de la pandemia para evitar la firma en la PDA  e impedir que los destinatarios de los envíos y el cartero toquen este equipamiento, se extiende a la entrega de la documentación electoral. Así, personal de Correos comprobará la identidad del votante mediante el DNI, Pasaporte o Permiso de Conducir y anotará el número del documento identificativo dando fe de la recepción de los sobres y papeletas, sin que sea imprescindible que el elector firme esta entrega. Por su parte, los ciudadanos deberán estar adecuadamente protegidos con mascarilla cuando se les realice la entrega.

Depósito del voto

Entrega de voto en domicilio

En el tercero de los pasos que conforman el proceso de voto por correo, el de la formalización del voto, también se pone en marcha un nueva posibilidad. El elector, si lo desea, tendrá la opción de entregar al cartero o cartera el sobre cumplimentado a cambio de un justificante acreditativo del depósito de su voto. Se evita así tener que acudir posteriormente a una oficina de Correos, medida extraordinaria adoptada con motivo de la pandemia del COVID-19, para la protección de la salud de los votantes y del personal de Correos en las elecciones autonómicas madrileñas.

El empleado de Correos mantendrá en todo momento la distancia de seguridad interpersonal con el elector, y no accederá en ningún caso al interior del domicilio particular del votante/destinatario. Se recuerda que los ciudadanos deberán estar adecuadamente protegidos con mascarilla.

Asimismo, el cartero o cartera extremará el celo y la diligencia para mantener en todo momento bajo su custodia los votos emitidos que hubiese recogido, hasta su entrega en la unidad de reparto.

En el voto rural se mantiene la fórmula conocida como «al paso», que considera a los carteros como oficinas móviles de admisión. En este caso, por tanto, el personal de Correos podrá recoger el sobre conteniendo el voto por correo tanto en el mismo instante de entrega de la documentación electoral, como en un momento posterior, siempre que se realice en horarios y puntos acostumbrados de paso.

Entrega de voto en oficina

En cualquier caso, el elector podrá no entregar su voto en el momento de la entrega de la documentación y hacerlo posteriormente, dentro de los plazos legales, en una oficina de Correos. La fecha de deposito del voto para los comicios autonómicos a la Asamblea de Madrid concluye el día 30 de abril.

Medidas de seguridad

Desde el inicio de la pandemia Correos ha ido aplicando los protocolos de seguridad necesarios para garantizar la salud de los clientes y empleados de la Compañía, siguiendo siempre las indicaciones de las autoridades sanitarias. Estas medidas, vigentes también en el proceso del voto por correo, han hecho que se modifique la atención en las oficinas postales.

Todas las oficinas cuentan con mamparas de separación con los clientes. El tránsito de los clientes en el interior se encuentra organizado para mantener la distancia de seguridad y se controla el aforo que evita aglomeraciones de personas. Todos los empleados disponen de mascarilla FFP2, guantes y geles de uso personal. Los usuarios de las oficinas, por su parte, también tienen a su disposición geles hidroalcóholicos.

Las medidas de seguridad sanitaria en Correos de cara al voto, y para el conjunto de actividades que realiza Correos, también incluyen el refuerzo de las tareas de desinfección y ventilación de todos los centros de trabajo, así como la limpieza de los vehículos y equipamiento postal.

En las oficinas con más electores se han habilitado ventanillas exclusivas para el voto por correo con el objeto de agilizar este trámite. Asimismo, en la Comunidad de Madrid se han ampliado los horarios de 170 oficinas y todas están abriendo los sábados del mes de abril. También existe la posibilidad de pedir cita previta en 96 oficinas de  la Comunidad de Madrid a través de la página web www.correos.es o de la app de Correos.

Además, se han formalizado 970 contratos de refuerzo, para los puestos de atención a los ciudadanos en las oficinas, reparto de envíos y tareas logísticas en los centros afectados.

Correos trabaja, en definitiva, para cumplir con sus obligaciones legales en los procesos electores adaptándose, en esta ocasión, a las especiales circunstancias que concurren en las elecciones del 4 de mayo y ofreciendo a los electores todas las garantías sanitarias en los diferentes trámites que los ciudadanos tienen que llevar a cabo.